lunes, 26 de octubre de 2009

El Senado aprobó una nueva ley de glaciares

23/10/09
El proyecto se votó por unanimidad y ratifica la autoridad de aplicación de las provincias. La ley se votó a las 20,52 y tuvo 45 votos a favor, de todos los presentes

El Senado aprobó ayer por unanimidad sobre tablas el proyecto de ley de Protección de Glaciares presentado por Daniel Filmus a fines del mes pasado. Ahora la iniciativa pasará a Diputados, donde el oficialismo espera obtener también una sanción favorable, para dar respuesta al vacío que dejó al veto presidencial a fines del 2008 de la anterior ley 26.148.

Aquella vez generó gran polémica porque había sido votada por la mayoría kirchnerista en ambas cámaras, sin advertir que de la manera en que estaba redactada, impedía el desarrollo de la actividad minera o de emprendimientos como el túnel de Agua Negra en San Juan. Por eso la presidenta la vetó.

Las novedades del documento que recibió ayer media sanción de la Cámara Alta- y que en la mañana fueron aprobadas también unánimemente en la comisión de Medio Ambiente- son las siguientes:

* En su artículo 8º especifica que la autoridad competente será aquella que determine cada jurisdicción -o sea, deja la potestad en las provincias-, y que en el caso de las áreas protegidas operará la Administración de Parques Nacionales y en el del sector antártico la Dirección nacional respectiva. Eso en la ley vetada no estaba.

* El artículo 2º define como "ambiente glacial" a los glaciares descubiertos y cubiertos y al "ambiente periglacial" a los glaciares de escombros. Los glaciares descubiertos son cuerpos de hielo perenne expuestos, formado por la recristalización de la nieve, cualquiera sea su forma y dimensión; los cubiertos son aquellos cuerpos de hielo perenne que poseen una cobertura detrítica o sedimentaria. Los glaciares de escombros están descriptos como cuerpos de detrito congelado y hielo, cuyo origen esta relacionado con los procesos criogénicos asociados con suelo permanentemente congelado y con hielo subterráneo, o con el hielo proveniente de glaciares descubiertos y cubiertos.

La ley vetada sólo hablaba de "periglacial", sin tantas especificaciones, por lo que se podía extender incluso hasta lugares donde se desarrollan actividades productivas.

* En cuanto a infracciones y sanciones, el 11º establece que dicha ley y las reglamentaciones que en consecuencia se dicten -esto último da pie a que el Ejecutivo pueda determinar algunas cuestiones que en el texto actual se consideren amplias- "sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder, serán las que se fijen en cada una de las jurisdicciones conforme al poder de policía"

* También, el proyecto incorpora observaciones que hizo en su momento la presidenta, como en el artículo 4º que habla del inventario de glaciares. Ahora la norma agrega que se debe hacer con intervención al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, especialmente para las zonas fronterizas.

* La prohibición taxativa de liberar sustancias contaminantes, construir obras de arquitectura o infraestructura, salvo para investigación científica o prevención de riesgos, explorar o explotar minería e hidrocarburos, e instalar actividades industriales siguen en pie, pero según el senador César Gioja "no van a incidir en las actividades que se realicen en San Juan, ni va a impedir la concreción de emprendimientos". Gioja agregó que San Juan tiene legislación particular "que respeta la conservación de los glaciares" y que "nunca hablamos de hacer minería en los glaciares".


(Silvia Pestarino corresponsal en Buenos Aires del Diario de Cuyo)



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